CEHICA
El centro para la gestión sostenible de los recursos hídricos en los estados insulares del Caribe, es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, con domicilio en la Avenida Juan de Dios Ventura Simó esq. Av. Jiménez Moya, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, Republica Dominicana, el cual podrá tener oficinas y realizar sus actividades en cualquier parte del territorio de la República, así como en cualquier estado insular del Caribe.
Antecedentes
El INDRHI, creó un centro de investigación, en cuyo enfoque inicial se concebía alguna prioridad al empleo de la ciencia y la tecnología al desarrollo del riego, como sector de mayor consumo de agua. En reconocimiento de la importancia de la investigación para el desarrollo de los distintos sectores de usuarios del agua y de la gestión de los recursos hídricos, así como para apoyar el proceso de toma de decisiones y encontrar soluciones a los principales desafíos del país en materia de recursos hídricos y la producción de alimentos en los sistemas de riego, este centro de investigación fue inaugurado el 22 de febrero de 2007 y viene a llenar un vacío en materia de investigación.
Bajo el nombre de Centro de Investigación en Tecnología de Agua para Riego (CITAR) el centro inició sus operaciones, que aunque con alguna concentración en temas de riego, mantienen un enfoque intersectorial de gestión del agua, particularmente en lo relativo a la calidad de agua, dado que dispone de un laboratorio de calidad de agua. Entendiéndose el valor de un centro de investigación para los países del Caribe, que comparten condiciones naturales, situación económica y desafíos institucionales similares, se ha decidido ampliar el enfoque y objetivos del Centro para que sea de beneficio a los países de la región y para provecho de investigación en la gestión de los recursos hídricos. De este modo se comprende como importante que el nombre del centro revele más su servicio de investigación para la gestión de recursos hídricos y ponga de manifiesto su vocación insular en la región. Es así como se adopta el nombre de “Centro de Gestión Sostenible de Recursos hídricos para los estados insulares del Caribe”.
Misión
Ser un organismo líder en el Caribe especializado en investigación, orientado a generar conocimientos técnicos, científicos, sociales y económicos sobre los recursos hídricos para apoyar el proceso de toma de decisiones en la búsqueda de soluciones innovadoras y sostenibles que satisfagan las necesidades de agua, el empleo y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, para el aprovechamiento sostenible del agua en los estados insulares de la región.
Objetivo general y funciones
El centro para la gestión sostenible de los recursos hídricos en los estados insulares del Caribe , su principal objetivo es generar y difundir conocimientos científicos y tecnológicos relacionados con la gestión sostenible del agua en los Estados insulares del Caribe, con el fin de aumentar los conocimientos prácticos y mejorar las capacidades para una utilización más eficaz de los recursos hídricos, tomando en consideración las características sociales, ambientales y económicas de dichos Estados.
El Centro para la gestión sostenible de los recursos hídricos en los Estados insulares del Caribe suministrará servicios de investigación y estudio; diseñará, coordinará, apoyará y orientará programas especializados de creación de capacidades; y producirá publicaciones. Mediante su labor de investigación y sus programas de creación de capacidad, desempeñará las siguientes funciones:
- Promover y llevar a cabo investigaciones científicas sobre la gestión del agua en la región, y los correspondientes aspectos hidrológicos.
- Promover y facilitar aplicaciones de la tecnología encaminadas a una mejor utilización práctica del agua.
- Ampliar y coordinar actividades de investigación, en cooperación con los distintos organismos internacionales y las entidades pertinentes de los Estados de la región, aprovechando sobre todo las capacidades científicas y profesionales de dicha región, y utilizando también las correspondientes redes del Programa Hidrológico Internacional de la UNESCO (PHI).
- Organizar y ejecutar actividades de transferencia de conocimientos e información con miras a la capacitación y mejora de la base de recursos humanos para la gestión sostenible de los recursos hídricos, y en lo tocante a cuestiones hidrológicas de interés para los Estados de la región.
- Proporcionar información fidedigna sobre los recursos hídricos y su gestión sostenible mediante la mejora de la transferencia y aprovechamiento compartido de estrategias de información, y de los medios de difusión y asimilación de dicha información.
- Proporcionar asesoramiento general y técnico en la región y en otros países previa solicitud de las partes interesadas, y para cumplir con los objetivos del Centro.
- Producir publicaciones científicas y técnicas y materiales de información, con las formas y formatos que parezcan apropiados, sobre los problemas relativos a la gestión sostenible de los recursos hídricos y otros temas conexos o suplementarios, así como los aspectos hidrológicos de interés para los Estados de la región.
Consejo de Administración
La actividad del Centro será dirigida y supervisada por un Consejo de Administración cuyos miembros se renovarán cada tres [3] años y que estará compuesto por:
a) El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) de la República Dominicana, que actúa como Presidente por derecho propio del Comité
Nacional del Programa Hidrológico Internacional (CONAPHI) de la UNESCO en la
República Dominicana;
b) Representantes de un número limitado de Estados Miembros de la región (hasta tres [3]) que hayan enviado notificación al Director General de la UNESCO, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del Artículo III DEL Anexo II, del Proyecto de Acuerdo entre la Republica Dominicana y la Organización de las naciones Unidas para la Educación, La Ciencia y La Cultura (UNESCO), referente a la creación y al funcionamiento, bajo los auspicios de la UNESCO, del Centro para la Gestión sostenible de los Recursos Hídricos en los Estados Insulares del Caribe en Santo Domingo (Republica Dominicana) a fin de lograr una representación geográfica equitativa en toda la medida de lo posible;
c) Un representante del Director General de la UNESCO;
d) Un representante de cualquier otra organización intergubernamental u organización internacional no gubernamental que aporte una contribución importante al presupuesto anual o al funcionamiento del Centro y, por consiguiente, tenga derecho a un escaño por decisión del Consejo de Administración (hasta un máximo de tres [3] de estas organizaciones).
El Consejo de Administración se encargará de:
a) Aprobar los programas a medio y largo plazo del Centro;
b) Aprobar el plan de trabajo y el presupuesto anual del Centro;
c) Examinar y aprobar los informes anuales presentados por el Director del Centro;
d) Establecer las normas y reglamentos pertinentes y determinar los procedimientos a los que habrá de ajustarse la gestión financiera, administrativa y de personal del Centro;
e) Decidir sobre la participación de los organismos intergubernamentales regionales y las organizaciones internacionales en la labor del Centro.
El Consejo de Administración establecerá su propio reglamento. En su primera reunión se seguirá el procedimiento que establezcan el Gobierno y la UNESCO.
El Consejo de Administración se reunirá ordinariamente por lo menos una (1) vez cada tres meses en el día y hora fijados en la convocatoria y podrá reunirse extraordinariamente cuando lo solicite por escrito el Presidente del Consejo. Será Presidida por el Presidente. En caso de faltas absolutas o temporales, lo reemplazará el Vicepresidente. Sus decisiones deberán ser tomadas por mayoría simple de votos.
En caso de que por imposibilidad de cualquier índole de los miembros del consejo no poderse reunir físicamente, podrán por medios informáticos tomar las decisiones que competen a este organismo, y será valida como si fuera presencial, tal como lo establecen estos estatutos.
Constituye el quórum del Consejo de Administración un número de miembros no inferior a tres (3). De las reuniones se levantarán actas completas, firmadas por el Presidente y el Secretario y en ellas se dejará constancia del lugar y la fecha de la reunión, del nombre de los asistentes, de todos los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas, negadas o aplazadas.
Los miembros del Consejo de Administración no percibirán ningún emolumento por asistir a las sesiones.
La falta, sin causa justificada de asistencia de un miembro de la Junta Directiva durante tres (3) sesiones ordinarias consecutivas producirá su vacante. Analógicamente se procederá en caso de impedimento definitivo, ausencia, licencia o renuncia de uno de los miembros.